El pasado 11 de diciembre, trabajadores del Hospital Príncipe de Asturias pusieron una denuncia contra la Consejería de Sanidad por Prevaricación y Malversación de fondos públicos. Concretamente, en relación con el contrato por valor de 43,9 millones de € realizado por el citado organismo con FERROSER-FERROVIAL para la “Gestión eficiente de las Energías primarias utilizadas en el Hospital Príncipe de Asturias”, así como en relación con los servicios reales que dicha empresa presta y cobra. Veinte días después de esta denuncia, de los doce trabajadores denunciantes, los dos que tenían un nombramiento “eventual” han sido despedidos.
En lenguaje técnico se dirá que a estos dos trabajadores no les despidieron, sino que simplemente no les hicieron un nuevo nombramiento. La Consejería y/o la Dirección del Hospital lo justificarán diciendo que sus servicios ya no eran necesarios. Pero los datos que daremos pondrán en evidencia que se trata de una vulgar represión por haber puesto una denuncia por Prevaricación y Malversación de dinero público. La Consejería, en vez de estudiar si esa denuncia es cierta y tomar medidas en su caso, deja en la calle a dos de estos trabajadores, a los dos cuya relación es más débil y su despido sencillo de ejecutar.
MOTIVOS DE LA DENUNCIA
Estos trabajadores denuncian a la Consejería por Prevaricación y Malversación de Fondos Públicos. Los argumentos para tal acusación son resumidamente los siguientes.
Primero: La Consejería hizo un contrato con Ferroser-Ferrovial de “Gestión eficiente de las Energías primarias utilizadas en el Hospital Príncipe de Asturias”, pero el apartado P2 del Pliego de Prescripciones Técnicas incluye también la misma prestación de servicios que viene prestando la plantilla de mecánicos, electricistas y fontaneros desde 1987, durante 24 horas a lo largo de los 365 días al año, sin que exista sin ningún problema o circunstancia que exija relevar a este personal de sus funciones.
De ello se deriva que la Consejería mediante este contrato con FERROSER-FERROVIAL dedica dinero público a duplicar funciones.
Segundo. Desde enero de 2014 la dirección deja de planificar noches y festivos a los trabajadores de mantenimiento con el pretexto de que dichas funciones las hace FERROSER. Al tiempo que la asignación de “partes” del turno de tarde la hace la empresa privada que da “órdenes de trabajo” a los empleados públicos. Por otra parte, algunos de los trabajos que hace el personal de mantenimiento figuran como “cerrados” por la empresa privada.
Es decir, que tras este contrato se varían las condiciones de trabajo del personal estatutario y se les obliga a hacer funciones que no les corresponden; mientras que la contrata, por un lado, hace funciones que no debieran ser de sus competencia, y, por otro, la Dirección del Hospital falsea o permite falsear documentos para atribuir a dicha empresa trabajos que no hace, presuntamente, para justificar el cobro de servicios no realizados.
¿DESPIDOS O NO RENOVACIONES? ¿REPRESALIA O CASUALIDAD?
Los nombramientos (contratos) eventuales son nombramientos temporales para la realización de actividades puntuales con fecha fija de terminación. Sin embargo el gobierno del PP los utiliza en el SERMAS para trabajos permanentes que deberían ser cubiertos por trabajadores/as fijos, o interinos a la espera de oposiciones. Con este tipo de contrato se calcula que hay unos 5500 trabajadores/as de todas las categorías. La antigüedad real de estos trabajadores es de varios años (hasta hace poco los había con hasta 15 años de antigüedad). La ventaja de esta precariedad para el SERMAS es que abusa del miedo de estos trabajadores/as ante la no renovación del siguiente contrato, de manera que tiene una parte de la plantilla sometida a una absoluta flexibilidad y a cualquier tipo de arbitrariedades y discriminaciones.
Este 31 de diciembre finalizaban la mayoría de los aproximadamente 5500 contratos y su “renovación” ha sido generalizada. A dos de los que denunciaron, no se lo han renovado, a pesar de venir haciéndolo desde hace cinco años. La sanción a su “atrevimiento” se ha producido de forma automática. Pues no había ninguna causa laboral que justificará que a estos trabajadores no se les hiciese un nuevo nombramiento.
El mensaje que la Consejería manda es claro: quien se enfrenta a la privatización o a la corrupción lo paga. Por ello, además de la obligación moral de apoyar a unos compañeros injustamente represaliados, existe un interés colectivo por evitar que cualquiera que se resista a la expropiación de los bienes públicos no sufra represalias. Por ello, pedimos todo el apoyo para obligar a la Consejería a READMITIR A ESTOS DOS TRABAJADORES.
Mar Coloma y Javier Cordón, miembros del Mats en la Junta de Personal Este
Es obligación del empleado público denunciar las anomalías que observen en su trbajo y velar por los dineros publicos.
Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. BOE núm. 89, de 13/04/2007
EBEP – CAPÍTULO VI.
Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta
Artículo 52. Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta.
Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez,…
Artículo 53. Principios éticos.
1. Los empleados públicos respetarán la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico.
2. Su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio.
…/…
8. Actuarán de acuerdo con los principios de eficacia, economía y eficiencia, y vigilarán la consecución del interés general y el cumplimiento de los objetivos de la organización.
9. No influirán en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa
SOLIDARIDAD CON LOS DESPEDIDOS POR DENUNCIAR A CORRUPTOS POR DESCUBRIR LA TRAMA DE MALVERSACION DE FONDOS. FUERA CORRUPTOS. READMITIR AL PERSONAL!!!!
SIN COMENTARIOS. Mientras el pp (Partido Podrido) siga en el poder,no hay nada que hacer. Y aún está en la Comunidad de Madrid.
Apoyo para estos trabajadores, que han cumplido con sus obligaciones como trabajadores públicos. No podemos permitir lo que está pasando.
los que tienen que denunciar son los representantes legales de los trabajadores si cualquier trabajador de un hospital u otra administracion se le permite seria un caos para eso esta el comite o la junta de personal …eso pasa por tirarse a la pisci