Mamógrafo

Mamógrafos «a dedo» en la Comunidad de Madrid

Mamógrafos para el Programa de Detección Precoz del Cáncer de Mama en Madrid

¡A la tercera, va la vencida!

Madrid, a 3 de diciembre 2017
Auditas Sanidad

En junio 2017, se publica en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) la licitación de la Consejería de Sanidad para el suministro, instalación y puesta en marcha de 12 mamógrafos digitales (lote 1) y cinco estaciones de diagnóstico, específicas para el programa de Detección Precoz del Cáncer de Mama, DEPRECAM (lote 2).

Dichos aparatos se destinarían a 12 hospitales y dos centros del Servicio Madrileño de Salud. Concretamente, los hospitales Puerta de Hierro, Móstoles, Alcorcón, Fuenlabrada, Severo Ochoa, Getafe, Príncipe de Asturias, Infanta Cristina, Sureste, Henares, Infanta Sofía y del Tajo. Una de las 5 estaciones de diagnóstico se destinaría a la Fundación Hospital Alcorcón y las 4 restantes al Hospital Infanta Sofía. El valor estimado de dicha compra era de 2.108.884 euros, compra que responde al anuncio, en marzo 2017, por parte del entonces Consejero de Sanidad, Jesús Sánchez Martos, de la progresiva internalización del programa de Detección Precoz del Cáncer de Mama, DEPRECAM, usando recursos propios en los hospitales públicos de la Comunidad de Madrid. Inicialmente, estaba previsto que 17 hospitales realizaran estas pruebas que, hasta la fecha, están encomendadas a la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC)

En junio de 2017, la empresa IRE Rayos X SA presentó recurso contra los criterios de adjudicación de los mamógrafos, especificados en los pliegos de cláusulas administrativas. El Tribunal Administrativo de Contratación Pública estimó parcialmente el recurso, anulando algunos criterios de adjudicación y dictaminando, por tanto, que la licitación debía iniciarse de nuevo. En agosto de 2017, se publica de nuevo en el BOCM la licitación de la Consejería de Sanidad con el mismo objeto y mismo valor que la anterior.

A finales de agosto la sucursal en España de la empresa FUJIFILM EUROPE GmbH presenta recurso, solicitando la anulación del procedimiento, debido a defectos tanto en los pliegos técnicos como de cláusulas administrativas. Y en septiembre, la empresa IRE Rayos X SA presenta alegaciones, coincidentes con las de Fujifilm y añade nuevos motivos de recurso, lo que fue desestimado por el Tribunal Administrativo de Contratación Pública. Este sin embargo admite parcialmente el recurso de FUJIFILM y dictamina por segunda vez que la licitación debe iniciarse de nuevo.

La tercera convocatoria, a dedo
El 11 de octubre de 2017 se inició nuevamente un expediente de contratación con el mismo objetivo, pero esta vez por el procedimiento negociado sin publicidad, es decir sin concurrencia. O, mejor dicho, invitando directamente, y sin publicidad, a determinadas empresas a participar.

En este caso, la Consejería de Sanidad invitó a cuatro: EMSOR SA, IRE Rayos X SA, General Electric Healthcare SAU y Siemens Healthcare SLU.

El 21 de noviembre de 2017, la Consejería de Sanidad adjudicaba el lote 1 a la empresa EMSOR SA por importe de 1.543.476 euros y el lote 2 a la empresa Siemens Healthcare SLU, por importe de 175.450 euros, ambos importes con IVA. Con respecto a esta adjudicación, el Portal de la Contratación Pública solo ha publicado el día 24 de noviembre los pliegos técnicos y administrativos y la resolución de adjudicación, fechada el 21 de noviembre.

Conviene recordar que la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) 3/2011, actualmente en vigor, en sus artículos 169, 170, 173, 177 fija las condiciones de aplicación del “procedimiento negociado sin publicidad”. En el caso de contratos de suministro, el artículo 173/f especifica que se podrán adjudicar por procedimiento negociado “en todo caso, cuando su valor estimado sea inferior a 100.000 euros”.

¿Cómo es posible que la contratación de estos mamógrafos y estaciones de diagnóstico por un valor inicialmente estimado en 2.108.884 euros, tras haber sido anulado dos veces por el Tribunal Administrativo de la Contratación el procedimiento abierto de contratación (es decir con publicidad, para garantizar la competencia), sea finalmente adjudicada por procedimiento negociado sin publicidad (lo que popularmente se conoce como contratación “a dedo”)?

En la documentación publicada en el Portal de Contratación/Perfil del Contratante de la Consejería de Sanidad, no hay ningún documento que justifique alguno de los motivos marcados por la ley para realizar una contratación sin publicidad, que son:

• Que las proposiciones u ofertas económicas en los dos procedimientos abiertos previos, fueron irregulares o inaceptables por haberse presentado por empresarios carentes de aptitud.
• Que en los dos procedimientos abiertos previos no se haya presentado ninguna oferta o candidatura, o las ofertas no hayan sido adecuadas.

Una vez más, se constata la falta de transparencia y el no cumplimiento de la normativa legal sobre contratación pública por parte del Gobierno de la Sra. Cifuentes y de la Consejería de Sanidad, que no es casual. En el año 2016, la Consejería de Sanidad adjudicó “a dedo” 485.119 contratos menores, es decir, el 99,7% del total de la contratación.

¿Hasta cuándo el partido que apoya al Gobierno de la Sra. Cifuentes, Ciudadanos, va a seguir siendo cómplice de esta situación?

Plataforma Auditoría Ciudadana de la Deuda en Sanidad (Audita Sanidad)
Web: https://www.auditasanidad.org
E-mail: auditasanidad@gmail.com

 

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