EL PSOE MANTIENE LA EXCLUSIÓN SANITARIA DE CIERTOS COLECTIVOS

Desde que se publicó el RDL 7/2018 sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud, la gran mayoría de la opinión pública creyó que el derecho a la cobertura sanitaria universal, esto es, para todo persona que viva en el territorio del Estado español se había alcanzado de nuevo. Y es que el nuevo Real Decreto Ley del PSOE vino a modificar el RDL 16/2012 de la ministra de Rajoy, Ana Mato, por el que se excluyó de la asistencia sanitaria, entre otras personas, a los inmigrantes sin permiso de residencia. 

Sin embargo el RDL 7/2018 a pesar del avance que supuso, y del reconocimiento que hace en su preámbulo sobre “El acceso al Sistema Nacional de Salud en condiciones de equidad y de universalidad es un derecho primordial de toda persona. La garantía del ejercicio de este derecho y la protección efectiva de la salud de la ciudadanía cobra aún mayor importancia cuando quienes se ven privados de una asistencia sanitaria normalizada son colectivos de una especial vulnerabilidad, amenazados por la exclusión social, como es el caso de la población extranjera no registrada ni autorizada a residir en España.”, el desarrollo que la ley plantea en el articulado hace inviable en la práctica precisamente la atención sanitaria de estos colectivos. 

Este desarrollo legislativo lo aprovecharon rápidamente diversas CCAA para aplicar de forma restrictiva la nueva norma, a pesar de haber tenido implantados mecanismos que paliaban en parte la aplicación del primer RDL 16/2012, como ha sido el caso de la Comunidad de Madrid. De esta forma se ha vuelto a dejar sin atención a mujeres gestantes, o menores que no cumplen el nuevo requisito que implantó el RDL 7/2018… Por no citar que también siguen sin atención sanitaria, y el gobierno de Sanchez no lo ha resuelto con estas recomendaciones, las personas solicitantes de asilo, o los ascendientes de personas que llegan a España por reagrupamiento familiar. 

Fueron minoritarias las voces que criticamos este proceder del gobierno del PSOE, que no siempre fue así, pues cuando estaba en la oposición defendió el derecho universal a la atención sanitaria, y, al parecer, cuando gobierna se le olvida y aprueba un RDL con tales ambigüedades, que el resultado es la negativa que los extranjeros sin residencia enfrentan a ser atendidos en alguna CCAA. 

El Ministerio de Sanidad, ahora, en lugar de aclarar esos puntos mediante un Reglamento, nos vuelve a sorprender con la publicación de una Resolución el 20 de Junio, de la DG de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia, por la que se hacen públicas las “Recomendaciones para el procedimiento de solicitud, registro y expedición del documento certificativo que acredita a las personas extranjeras que encontrándose en España no tengan residencia legal en territorio español, para recibir asistencia sanitaria”. que no tiene el mismo valor, ni es vinculante para las CCAA. 

El gobierno del PSOE no ha querido subsanar una de las claves que impiden la efectiva atención a las y los extranjeros sin residencia en territorio español, y por eso mantienen el empadronamiento de 3 meses como condición para acceder a la atención sanitaria, con la dificultad que para estas personas supone su obtención. Es decir, que ahora es mayor el bloqueo para atender a las mujeres embarazadas y menores de edad, cuando antes a pesar del RDL 16/2012 esta limitación no existía por la aprobación posterior del RD 1192/2012, lo que en la práctica hizo posible su atención sanitaria. 

https://www.mscbs.gob.es/va/profesionales/prestacionesSanitarias/CarteraDeServicios/ContenidoCS/docs/Recomen_proc_personas_extranjeras.pdf

 

 

 

 

Movimiento Asambleario de Trabajadoras-es de Sanidad

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