Las auditorías oficiales descubren múltiples ilegalidades en la gestión del Hospital Ramón y Cajal

Las irregularidades y el incumplimiento de las leyes de contratación y transparencia son las grandes protagonistas de las últimas auditorías que ha realizado la Intervención General de la Comunidad de Madrid en el Hospital Ramón y Cajal. En un demoledor informe, al que ha tenido acceso ElBoletín.com, el interventor recrimina que se “atenta gravemente contra los principios de igualdad y transparencia” al ver el fraccionamiento de contratos y el uso “excesivo” de los contratos menores que asumió el centro.


La Intervención General de la Comunidad de Madrid, en su largo estudio de la gestión económica-financiera de 2014 -firmado a mediados de 2016-, ha detectado cómo las irregularidades y los errores han ido sucediéndose año tras año desde 2012, tal y como ha podido comprobar este medio en las auditorías. En el último informe de casi 200 páginas, el interventor va relatando los múltiples problemas que ha ido encontrando incidiendo sobre todo en la utilización desproporcionada de los contratos menores (método por el cual se adjudica sin concurso público obras cuyo presupuesto ha de ser de 50.000 euros o de 18.000 euros para el resto de servicios).

De hecho, el interventor hace hincapié en que se han producido casos donde el importe de la factura “de algunos contratos menores han superado la cuantía máxima para la contratación menor”, como por ejemplo para contratar a Roche Farma, a Gestión de Proyectos y Tecnología Médica o a Pinturas Miguel González, algo que no permite la Ley de Contratación. Un método que al superar la cuantía máxima (esos 50.000 o 18.000 euros) ya suma su primera irregularidad, pero que tiene su talón de Aquiles y aroma a corrupción cuando el fraccionamiento de los contratos que superan el límite se hace una realidad.

Un fraccionamiento que ya detectó la Intervención General en 2012 y 2013 y que no se ha evitado. Por ejemplo, en la auditoría de 2014, el interventor analiza 25 expedientes de contratación de obras que representarían el 22,18% del gasto de inversiones reales. Y la conclusión del experto es contundente: “Se observa que se sigue realizando fraccionamiento del objeto del contrato en todos los expedientes analizados, eludiéndose así la tramitación de procedimientos abiertos con su publicidad implícita”. Incluso pone nombres y apellidos de las empresas que se han beneficiado de este procedimiento como son Rinser Obras Integrales SL o Schindler SL.

Y es que el Hospital Ramón y Cajal ha ido disparando la utilización de contratos menores año tras año. Mientras que en 2011 este método representaba el 30,44% de las fórmulas que se pueden utilizar, en 2014 el porcentaje ha crecido hasta el 81,54%. Un ascenso anual donde de 2013 a 2014 vivió un gran salto cuando se situaba en el 59,79%. Un grueso que en 2014 supuso un total de 113,3 millones de euros del presupuesto del hospital. Aun así, en 2012 las advertencias en la auditoría ya eran mayúsculas cuando se sentenciaba que el 98,72% de la contratación menor de productos farmacéuticos (65 millones de euros) se hacían de “manera irregular”.

En el caso de los contratos menores de obras el interventor señala el “uso excesivo” en gastos de reparación y conservación que se eleva hasta el 99,55% de las veces que se ha tenido que contratar en esta materia. “Supone una contratación con poca transparencia y por lo tanto poca concurrencia”, critica el experto en la auditoría de 2014, tal y como realiza en los dos años anteriores. Un “importante volumen de contratación menor” que sobre todo identifica, como en 2012, en productos farmacéuticos y material sanitario “donde se mantiene un elevado porcentaje de contratos menores y adjudicaciones directas”.

De esta manera, la auditoría de 2014 de la Intervención General critica que esta serie de procedimientos “atentan gravemente contra los principios de igualdad y transparencia”, así como que “supone una actuación antieconómica”. “Se han detectado contrato menores sin aprobación por un importe de 2.514.188 euros”, reprende. Pero el interventor no sólo denuncia el uso “abusivo” de los contratos menores y del fraccionamiento para que se pueda acudir a este método de adjudicación, sino que tumba las justificaciones que han salido desde el Hospital Ramón y Cajal.

“La falta de una adecuada justificación de la necesidad del contrato y del presupuesto del mismo, puede derivar en una actuación ineficiente, bien porque el gasto no sea estrictamente necesario, bien, sobre todo en los casos de contratos menores y procedimientos negociados, porque el precio que se contrate sea superior al de mercado […] No es lo mismo decir que se necesita algo, que justificarlo tanto cualitativamente como cuantitativamente lo que se quiere contratar”, termina el experto.

Irregularidades laborales

Una serie de irregularidades que también reprocha en materia laboral. Según la auditoría de 2014, así como de 2012 y 2013, el interventor apunta que la plantilla del centro “cuenta con una excesiva cobertura por personal temporal, produciéndose contratos eventuales de forma sucesivas, con la misma persona y por los mismos motivos lo que hace pensar en una cobertura de puestos de plantilla, mediante el encadenamiento de nombramientos eventuales”. Y ahí otro incumplimiento legal entra en escena: la Ley 55/2013 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Algo que ya han denunciado las organizaciones sindicales.

Es tal el escenario que aprecia el interventor, que en el seguimiento de 51 nombramientos eventuales llega a comprobar que “en todos los casos se suceden los nombramientos a lo largo del tiempo sin que medie entre la finalización de uno y el inicio del siguiente ningún día de inactividad siendo la causa que motiva el nombramiento la misma”. Incluso, el experto sugiere que Hospital Ramón y Cajal “debe proceder a cubrir regularmente las necesidades estructurales”.

Otra de las críticas que dirige la auditoría tiene que ver con una falta de control de asistencia del personal y con la falta de transparencia y de publicidad en la convocatoria de “puestos directivos”. Asimismo, el interventor pone la mirada sobre el incorrecto cálculo del Hospital Ramón y Cajal al pagar a profesionales que ni tan siquiera prestan servicios el centro y que las bolsas internas no se ajustan “a los principios de igualdad, mérito y capacidad”.

Un pago irregular y una falta de legalidad en las bolsas internas que el experto también abronca en otros conceptos: “Se están contabilizando como gastos corrientes del hospital, determinados gastos que a criterio de esta unidad no deben ser soportados por el centro, bien por no tener regulación clara como los gastos de comedor de personal, bien por tratarse de personal del hospital que presta servicios en otros centros o bien por tratarse de gastos indebidamente pagados como son algunos complementos de pensión”.

En cambio, el interventor no encuentra irregularidades en el pago que realizó en 2015 el centro al Arzobispado de Madrid por los cinco capellanes. Un total de 77.683 euros que se llevó a cabo de manera trimestral mediante una transferencia. “Los importes abonados al Arzobispados son correctos”, celebra el experto.

Acabar con ciertas ‘manías’

“También resulta significativo la forma de contratación de conciertos de asistencia sanitaria”, comienza a relatar el interventor. Y, a partir de ese momento, la auditoría concluye que para la firma de un convenio “es necesario justificar en el expediente concreto la utilización óptima o al menos razonable de los recursos propios antes de concertarlos con terceros”. “No se comparte el criterio de que el Acuerdo Marco justifica las necesidades de los Centros, a nuestro entender se hace por si estos lo necesitan, y en función de sus necesidades”, sentencia el informe definitivo.

Una última auditoría de 2014 donde se anota que el Hospital Ramón y Cajal ha contratado directamente las prestaciones sanitarias de Hemodiálisis e Interrupciones Voluntarias del Embarazo “contraviniendo los principios de igualdad y transparencia”. También se apunta a las prórrogas tacitas (admitidas por la Ley de Contratos del Sector Público) de una serie de contratos “(en especial de mantenimiento y conciertos de asistencia sanitaria) que se mantienen muchos años después de haberse alcanzado el plazo máximo de duración del contrato”. Y ahí aparecen empresas como Iberman SA o Cargafris SL que tienen el “contrato prorrogado tácitamente de forma indebida”. Un procedimiento que exige que “debe acabarse”.

El Boletín

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