Restringir el derecho universal a la asistencia sanitaria está dañando de forma directa el derecho a la vida. Ante la resolución del Tribunal Constitucional que avala el RDL 16/2012

justiceEl Tribunal Constitucional (TC) ha avalado el Real Decreto Ley 16/2012, de 20 abril, de medidas urgentes para la Sostenibilidad del Sistema Sanitario y mejorar la calidad y la seguridad de sus prestaciones y en especial, en cuanto a la exclusión de la asistencia sanitaria pública y normalizada de los inmigrantes en situación irregular.

Recordamos que dicho RDL ha sido un gran engaño y un instrumento clave para un cambio en el modelo sanitario existente y no para “sostenerlo” ya que dio lugar a un cambio en la accesibilidad Universal del derecho a la asistencia sanitaria en el Sistema Sanitario Público, que pasó de nuevo a estar mediada por criterio del “aseguramiento” según diversas circunstancias y que promovió la exclusión social y sanitaria de un sector social más vulnerable. Los primeros en estar excluidos fueron los inmigrantes que no tienen actualizado el permiso residencia, pero no han sido los únicos.

También se fragmentó y recortó la asistencia sanitaria integral y la continuidad asistencial a grupos de población y replanteó las Prestaciones que ofrece el Sistema Sanitario Público con disminución de las mismas o diferenciación en los sistemas de acceso a las mismas con aumento e introducción de mayor repago para ciertas prestaciones como la farmacéutica y de varios accesorios, traslado en ambulancia.

Todo ello según las evaluaciones efectuadas por los movimientos sociales y sectores profesionales, que han estado muy activos contra esta norma, han señalado los graves daños ocasionados en la salud de las personas afectadas por la exclusión sanitaria que han dado lugar a sufrimiento y perdidas del derecho a la vida.

No se tiene todavía la sentencia publicada en el BOE ni en la web del TC con todos sus argumentos y los tres votos particulares para poder emitir una valoración más completa de la misma que la haremos en su momento.

El Alto Tribunal no considera que los recortes del Gobierno en este ámbito, sean contrarios a la Constitución y falla en contra de un recurso presentado por el Parlamento de Navarra. Ha desestimado el grueso del recurso del Parlamento navarro, que cuestionaba la utilización del real decreto para regular de la condición de asegurado y beneficiario de la Seguridad Social.

Con esta resolución, el Alto Tribunal parece que cambia de rumbo respecto a algunos autos previos sobre los recursos del Gobierno central contra las leyes autonómicas de sanidad que garantizaban la cobertura pública a los inmigrantes sin papeles. Entre ellas, la ley navarra, la vasca y la valenciana.

Señalamos como una sentencia muy controvertida e injusta que nos indigna por:

  1. Avalar la política económica de un gobierno que prefiere restringir derechos económicos y sociales de la población para cumplir con los dictados y mandatos de los grupos de poder económico y social de la UE y que lo hace sin ningún respeto al consenso existente y a la voluntad mayoritaria de la población de nuestro país. El alto TC debería estar para garantizar la salvaguarda de los derechos que para apostar por políticas económicas determinadas.
  2. Los argumentos coyunturales que utiliza sobre la “extraordinaria urgencia y necesidad de aplicarla cuando respondía a compromisos políticos del gobierno en aplicar medidas para cumplir el Plan de Estabilidad Económica Europea y hacer frente al “insostenible déficit en las cuentas públicas sanitarias”. Todo sabemos el engaño y lo muy discutible que ha supuesto todos estos argumentos. Las políticas de austeridad y la de los déficits sectoriales son aplicación de políticas internaciones del modelo socioeconómico imperante, que responde a infrafinanciación de los servicios públicos por políticas fiscales, económicas y de gestión de gobierno fraudulentas dirigidas a beneficiar a los más ricos y poderosos. No porque se gastará mucho y mal en sanidad.  El gasto sanitario público en España estaba cercano al adecuado para nuestro nivel de desarrollo.
  3. Por otro lado, el TC parece desconocer que no existe “gratuidad” en las prestaciones sanitarias cuando afirma que “la universalidad no puede confundirse con un derecho a la gratuidad de todas las prestaciones sanitarias.” Le recordamos que la sanidad se financia a través de los impuestos que pagamos todas las personas que residimos en territorio español. Las personas excluidas de la sanidad están pagando un sistema sanitario del que no pueden disfrutar.
  4. No ser garante de todos los derechos fundamentales de las personas reconocidos en las Normas Nacional e Internacionales y que España debiera cumplir.
  5. El perder o restringir el derecho universal a la asistencia sanitaria está dañando de forma directa el derecho a la vida que si es un derecho fundamental reconocido en nuestra Carta Magna.

En conclusión, y al contrario a lo que nos dicen, con estas disposiciones legales se genera un sistema menos eficiente en salud y mucho más injusto. La ciudadanía estará menos segura pues las circunstancias por las que en el futuro se pueda tener o no derecho al “aseguramiento” podrán ser modificadas, al suponer todo lo expuesto un intento de hacer desaparecer el sistema universal de protección.

Desgraciadamente la influencia y el peso de los “discursos” y del aparato del poder neoliberal es más potente que la realidad catastrófica de lo que está ocurriendo y que propicia el silencio de los “corderos”

Nos parece una gran injusticia, una falta de ética y una aberración por avalar la exclusión sanitaria que daña a toda la población.

Movimiento Asambleario de Trabajadores/as de sanidad  MATS

 

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