El CONCURSO DE MÉRITOS, viene recogido en el E.B.E.P como proceso selectivo, con carácter excepcional y en función de ley, aunque lo habitual es que estos procesos se realicen por concurso-oposición. La excepcionalidad, en este caso, viene de la falta de periodicidad anual en convocar O.P.E.S. en el SERMAS, que ha impedido a miles de trabajadores temporales, participar en procesos selectivos para convertirse en estatutarios fijos (muchas plazas llevaban sin convocarse desde 2001). Sin embargo, la convocatoria reciente del SERMAS por concurso de méritos, no parece la más adecuada para garantizar la estabilidad de todos los temporales en Fraude de Ley (temporales de más de 3 años) como exige la Directiva 1999/70/CE, ni para reducir la temporalidad al 8% a finales de 2024 (58% en la actualidad), objetivo de la Ley 20/2021 de la que se deriva este concurso.
Los Acuerdos entre Administración y Sindicatos de la Mesa Sectorial (U.G.T, CC.OO., CSIT-UP, AMYTS y SATSE) por los que se aprueban las plazas y el baremo de la convocatoria, están diseñados con total discrecionalidad y con una absoluta falta de transparencia y en su conjunto pueden considerarse un fraude, que podría provocar efectos lesivos a los trabajadores temporales, el más grave de ellos, la pérdida de empleo.
A esto hay que añadir el hecho de que las recientes Leyes aprobadas en esta materia, siguen restringiendo derechos a los empleados públicos temporales y causándoles una absoluta indefensión. Con la la Ley 20/2021“ el personal interino o laboral temporal, que no participase en este proceso selectivo de estabilización no tendrá derecho a la compensación económica que le correspondería, si estando en activo finalizara su nombramiento por no superar este proceso selectivo” y con el RDL 12/2022 “ los nuevos nombramientos temporales interinos de los servicios de salud realizados a partir del 5 de Julio de 2022, no podrán tener una duración superior a 3 años” .
Con el baremo de 70% como experiencia y 30% de formación, se desprotege el mérito de trabajar en la Administración, rebajando la garantía de estabilidad y los años a computar. En cambio, al potenciar la formación como mérito, las oportunidades de acceso y promoción del resto de candidatos aumentan, como en el caso de los trabajadores fijos en promoción interna temporal. Podría suceder que un candidato con la experiencia máxima a valorar (23 años y 4 meses) y sin formación, fuera superado por otro, con toda la formación y sólo 14 años de experiencia, pues el 30% de formación equivale a 10 años de experiencia.
La falta de transparencia se manifiesta en la ausencia de publicación de una Relación de puestos de Trabajo, que permita conocer las plazas ocupadas de forma ininterrumpida antes del 1 de Enero de 2016 y que podrían haberse convocado por concurso de méritos. Es evidente que las 9.574 plazas convocadas no se ajustan a la realidad de la temporalidad del SERMAS, donde más de 40.000 trabajadores podrían estar en fraude de LEY.
Con todo esto queda claro que quien más sale beneficiado de este proceso son la Administración y los Sindicatos de la Mesa Sectorial, que lo utilizan con fines políticos, clientelares y lucrativos. La convocatoria permite que los cursos ofertados por estos últimos también puntúen para acreditar los méritos en formación potenciando la afiliación, al igual que permite a los primeros recaudar miles de euros en tasas de derechos de participación.
DESDE EL M.A.T.S. VIGILAREMOS PARA QUE ESTE PROCESO SE REALICE CON LAS SUFICIENTES GARANTÍAS, EVITANDO DESPIDOS INNECESARIOS, FRAUDES EN EL DESARROLLO DEL PROCESO Y LA MÁXIMA ESTABILIDAD DE LOS TEMPORALES MÁS PRECARIOS E INVITAMOS A TODOS LOS TRABAJADORES AFECTADOS A QUE DENUNCIEN TODAS LAS IRREGULARIDADES QUE SE PRODUZCAN SI VEN LESIONADOS SUS INTERESES COMO ASÍ HARÁ ESTE SINDICATO EN CASO DE SER NECESARIO.