En la carta de despido, la empresa alega que la trabajadora no acudió a su puesto de trabajo sin justificar la ausencia. La carta no solo ignora que no es necesario avisar de que se va a secundar una huelga, sino que la empresa tiene 60 días como plazo máximo desde que se produjeron los hechos para imponer una sanción.
El Salto
Este martes, Lourdes Abarca limpiaba la biblioteca de Aragón, en Zaragoza, como otro día más. Llevaba desempeñando este trabajo desde diciembre de 2018, cuando fue contratada por la empresa Eulen. Al día siguiente empezaban sus vacaciones. De repente, recibió la inesperada llamada de su jefe. Andaba buscándola por el edificio y le reclamaba que fuera a su encuentro. “Algo raro pasa”, pensó Lourdes para sus adentros. Las sospechas iban in crescendo cuando le dijo que quería hablar con ella a solas y la metió en una sala. Tras una conversación formal, finalmente, le entregó la carta de despido. Lourdes comenzó a leerla y no salía de su asombro. “Le dije que me estaban despidiendo por ejercer mi derecho a huelga. Él me respondió que no avisé. Le dije que no iba a entrar a discutir, pero las huelgas no se avisan. Firmé la carta. Me entró la risa. Recogí mis cosas y me fui a casa”, resume Abarca a El Salto.
Nada más llegar a su hogar, lo primero que hizo fue publicar la carta en Facebook. La estaban despidiendo por participar en la huelga feminista del pasado 8 de marzo. Lourdes no estaba dispuesta a callarse. Y su post ya es viral. En el documento se puede leer como argumentación del despido lo siguiente: “Usted no acudió a su puesto de trabajo el 8 de marzo de 2019. Sin embargo, lejos de justificar la ausencia o de llevar a la práctica su derecho de huelga, lo que hizo fue advertir a algunas compañeras de que se atuvieran a las consecuencias si comunicaban a la empresa que ese día no había ido a trabajar”.
“La carta es un despropósito y es incongruente. El que la ha redactado no tiene ni idea. Que me expliquen a quién he coaccionado yo. O que vengan esas compañeras y me lo digan”, expresa Abarca mientras añade que no avisó a la empresa de que iba a hacer huelga “porque eso no se avisa”. Lourdes fue la única que secundó el paro. “A las compañeras si les recordé que yo iba a hacer huelga para que supieran que, si no llegaba al día siguiente, no me había pasado nada. Para que no se preocuparan. La huelga consiste en que mi puesto de trabajo no se cubra. Les dije que no cubrieran mi trabajo, pero sin intimidación ni nada, que no tenemos ningún problema entre nosotras”, explica.
La misiva concluye que, basándose en el artículo 41 del Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales de Zaragoza, los hechos suponen “una falta muy grave”. Y lo califican como “fraude o abuso de confianza en las gestiones encomendadas”, aplicando la sanción de despido. Para Virginia Castillo, abogada de CNT, la medida es “totalmente desproporcionada”.
LA CARTA NO CUMPLE LOS REQUISITOS
“No puedes despedir a una trabajadora por ejercer el derecho a huelga. Es un derecho que se ejerce en libertad y que no tienes que justificar ni dar preaviso”, explica Castillo. Por otro lado, para esta abogada las sanciones tienen que cumplir unos requisitos formales y materiales. “Si los formales no se cumplen, el despido es improcedente automáticamente”, asegura. “La carta no cumple los requisitos formales. Es inconcreta, no dice a qué compañeras incitó ni qué perjuicios le causó a la empresa. No concreta”.
Por otro lado, en palabras de la letrada, la empresa tiene 60 días como plazo máximo desde que se produjeron los hechos hasta que se impone la sanción. “La sanción está prescrita. Podrían ampliar el plazo si demuestran que la empresa no se enteró, pero si la trabajadora ficha cada vez que entra, ellos saben perfectamente que ese día no fue a trabajar”, añade Castillo. El Salto ha intentado contactar con Eulen pero no ha recibido respuesta.
Por último, Castillo insiste en la desproporción de la medida. “Por faltar un día a trabajar se está imputando un despido. Esto es una represalia por haber hecho la huelga y haber promovido un derecho fundamental”, sentencia la letrada de CNT quien denuncia las “prácticas abusivas” de Eulen como una constante. Así, recuerda que hace unos años, y nada más entrar como empresa concesionaria de la limpieza de las escuelas infantiles de Madrid, la empresa despidió a 300 trabajadoras. “Les entregaron a todas la misma carta de despido con puntos suspensivos para que cada una introdujera su nombre”, ejemplifica para ilustrar las malas prácticas de la empresa.
Por su parte, Lourdes Abarca asegura que va a intentar conseguir la nulidad del despido. Quiere recuperar su puesto que ejercía con “un contrato indefinido y por discapacidad”. Un contrato de 8 horas al día por el que no llegaba a los 1.000 euros al mes. “Estoy teniendo muchísimos apoyos a raíz de la publicación en Facebook. Y yo no me voy a quedar en silencio. Siempre he sido activa y reivindicativa. He reivindicado los derechos laborales de todas y hoy me ha tocado a mí, pero hubiera hecho lo mismo si fueran contra otra compañera”, sentencia.