El Gobierno niega la sanidad pública a inmigrantes con papeles enfermos de cáncer

La recuperación de la sanidad universal de Pedro Sánchez no ha sido completa: dejó fuera a los padres extranjeros de ciudadanos españoles  que residen en España por reagrupación familiar

Juan, con cáncer de próstata, no puede recibir tratamiento; Guadalupe, con cáncer de pecho y endometrio, se ha operado a través de un seguro privado que costea a duras penas

Trabajo y Sanidad justifican que, para obtener la residencia por esta vía, los afectados deben contar con un seguro privado, un requisito que ha sido rechazado por 40 sentencias de juzgados españoles

El Diario

La derogación de la exclusión sanitaria de Mariano Rajoy para recuperar la sanidad universal fue una de las primeras medidasadoptadas por Pedro Sánchez. Devolverla se convirtió en la bandera más ondeada por el Ejecutivo socialista a su llegada a la Moncloa, pero la restauración no fue completa: la normativa deja desprotegidos a los padres extranjeros de ciudadanos españoles con residencia en España por reagrupación familiar. Algunos de los afectados, como Juan y Guadalupe, padecen cáncer y se enfrentan a grandes dificultades para costear su tratamiento.

Se trata de uno de los colectivos perjudicados por la reforma sanitaria de la etapa de Mariano Rajoy, que el Ejecutivo de Sánchez ha mantenido en el Real Decreto Ley que pretendía corregirla, aprobado en julio. Según ha podido saber eldiario.es y han confirmado los ministerios de Trabajo y Sanidad, el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) deniega de forma sistemática la tarjeta sanitaria a los padres y madres reagrupados  por sus hijos en España.

«No tienen derecho a la asistencia sanitaria con cargo a los fondos públicos de nuestro Sistema Nacional de Salud», admite el Ministerio de Trabajo. El Gobierno, apelando a la Ley de Extranjería, exige a estos padres, ya mayores, contratar un seguro médico privado para obtener la residencia por reagrupación familiar. Pero no siempre sus pólizas acaban cubriendo el tratamiento de enfermedades graves surgidas una vez asentados en España, o estos no pueden permitirse el pago de la medicación.

Los efectos de este requisito, rechazado por más de 40 sentencias y el Defensor del Pueblo, se traducen en casos concretos de exclusión sanitaria. Juan*, de origen mexicano, vive en España de forma regular por la reagrupación familiar tramitada por su hijo, de nacionalidad española. Ha sido diagnosticado de cáncer de próstata hace once meses, pero aún no ha podido recibir el tratamiento médico necesario para evitar la propagación de la enfermedad. El hombre, de 76 años, contrató un seguro, pero no le cubre la atención requerida.

En el caso de Guadalupe*, reagrupada colombiana, padece cáncer de pecho y de endometrio. Su hija, de nacionalidad española, contrató el seguro privado exigido por Extranjería pero, ante la enfermedad de su madre, el coste para hacer frente a la medicación se ha disparado, relata. La póliza cubre su tratamiento hospitalario, pero no la medicación, por lo que tienen «grandes dificultades» a la hora de financiar las medicinas necesarias para complementarlo.

Juan, con cáncer de próstata y sin tratamiento

«Tengo mucho miedo. Trato de vivir mi vida tranquilamente porque no quiero acelerar la enfermedad con mi preocupación. Esto es curable, si se atiende. Pero si no recibo tratamiento, puede saltar a otro lado y no se podrá curar», alerta Juan junto a su esposa, Paola*, de 80 años, también excluida del sistema de salud. Según detalla, el tratamiento que requiere el cáncer de Juan cuesta alrededor de 10.000 euros. «No tengo ese dinero», lamenta el mexicano. 

Olmo Calvo

Cuando llegaron a España, Juan contaba con un seguro privado, uno de los requisitos establecidos por el Ejecutivo para obtener el permiso de residencia por reagrupación familiar. En marzo del año pasado, una clínica de pago de Madrid le diagnosticó cáncer de próstata.

Una vez informado de que el seguro no se hacía cargo de su enfermedad, acudió a la sanidad pública, indica. «En el ambulatorio expliqué que tenía cáncer, que era un caso de vida o muerte para el que necesitaba tratamiento, pero me dijeron que no tenía derecho», explica Juan. 

Meses después, cuando leyó en los medios que Pedro Sánchez había «recuperado la sanidad universal», pensó que la nueva normativa se traduciría en su acceso a la sanidad pública gratuita. Juan y su esposa, Paola*, solicitaron la tarjeta sanitaria ante la autoridad competente, el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS). Para su sorpresa, la respuesta fue también negativa, según la resolución a la que ha accedido eldiario.es. El matrimonio ha recurrido y se ha chocado con una nueva denegación.

«Vimos que el nuevo gobierno elaboró una ley para permitir la sanidad a todos los que estaban en España, así que la solicitamos. Pensamos que el problema estaba resuelto, pero nos la siguen denegando y denegando», lamenta Juan junto a su esposa en la casa donde vive con su hijo a las afueras de Madrid. La hija de Guadalupe también creyó las promesas de esa «sanidad universal» que acaparó titulares antes de tropezar con otra negativa.

El Instituto Nacional de Seguridad Social rechaza el acceso sanitario a casos como el de Juan y Guadalupe apelando a la normativa de la «recuperación de la sanidad universal» aprobada por el Gobierno socialista en julio. La resolución del primero, a la que ha accedido eldiario.es, concluye «desestimarla por no acreditarse todos los requisitos exigidos» en «el Real Decreto Ley 7/2018 [adoptado por el actual Ejecutivo] ya que dispone de cobertura sanitaria obligatoria por otra vía a través de un seguro de enfermedad vinculado a la autorización de residencia temporal».

Las resoluciones, denegadas

Según justifica el INSS en la resolución, las personas reagrupadas en España tienen como requisito la tenencia de un seguro sanitario, y esa es la razón por la que niegan su acceso a la sanidad pública. «La concesión de la autorización de residencia en el caso de extranjeros no comunitarios supone […] que ha debido acreditar que cuenta con un seguro de enfermedad que cubre todos los riesgos en España», reza el documento.

El Real Decreto 7/2018, adoptado por el actual Gobierno, garantiza el acceso al Sistema Nacional de Salud a «las personas extranjeras que tengan establecida su residencia en el territorio español», pero bajo una serie de condiciones. Una de ellas, recogida en el artículo uno, exige «ser persona extranjera y con residencia legal y habitual en el territorio español y no tener la obligación de acreditar la cobertura obligatoria de la prestación sanitaria por otra vía». 

Así, el INSS se está amparando en este último supuesto para denegar la sanidad pública y gratuita a los inmigrantes reagrupados con sus hijos con nacionalidad española, como alertó el colectivo Yo Sí Sanidad Universal en agosto. La red de médicos desobedientes contra la exclusión sanitaria advirtió entonces de la posibilidad de que este requisito supusiese en la práctica la denegación de la asistencia médica a las madres y padres extranjeros de ciudadanos españoles, como ya ocurría desde el año 2012.

Cuestionado al respecto por eldiario.es, fuentes de los ministerios de Trabajo y Sanidad apelan a la Ley de Extranjería para explicar la exclusión. «El Real Decreto 240/2007 exige que, para obtener la residencia temporal en España, se acredite tener recursos y asistencia sanitaria. El ascendiente no puede adscribirse como beneficiario de su hijo por lo que su cobertura sanitaria debe ser a través de un seguro privado», reiteran las fuentes oficiales del departamento dirigida por Magdalena Valerio. «Como residente no cabe porque para ese caso se exige no tener cobertura obligatoria por otra vía y estos, para obtener la residencia, tienen que haber acreditado un seguro de salud».

Según defienden, existe una vía para tener acceso a la asistencia sanitaria por razones humanitarias, es decir, por no tener recursos económicos, como en el caso de los inmigrantes en situación irregular. Aunque los reagrupados tampoco pueden optar a esta cobertura: «Este no es el caso, porque la Ley de Extranjería solo da permisos por reagrupación a quien cuenta con recursos, propios o familiares, y establece como requisito imprescindible suscribir un seguro sanitario», responden desde Trabajo.

Por su parte, desde Sanidad, repiten el mismo argumento: «Según la Ley de Extranjería, la persona necesita venir con un seguro médico y la normativa de Sanidad establece que se da cobertura siempre que un tercero no tenga la obligación de pago de la cobertura sanitaria por otra vía», detallan. Sobre, el caso concreto de Juan, al que su póliza no le cubre el tratamiento, alegan que se trataría de una cuestión a reclamar «al seguro» en cuestión.

Al menos 40 sentencias condenan el criterio del Gobierno

Sin embargo, esta argumentación del actual Gobierno, la misma que el anterior, está siendo cuestionada por la Justicia. Al menos 40 sentencias han dado la razón a estas familias en ocho comunidades autónomas diferentes. El colectivo Yo Sí Sanidad Universal solo tiene constancia de dos fallos contra los afectados, por lo que solicita al INSS que permita el acceso a la sanidad a los reagrupados teniendo en cuenta que «los tribunales les están dando la razón». 

En 2014, el Defensor del Pueblo también condenó la exigencia de un seguro médico privado a los inmigrantes reagrupados en España por sus hijos nacionalizados. Según razonó la institución, el Real Decreto 240/2007 no establece como requisito la contratación de una póliza, como defendía entonces el Ejecutivo de Rajoy y sostiene ahora el Gobierno de Sánchez.

«Al familiar ascendiente de ciudadano español, que no ha ejercido la libertad de circulación, le será exigible únicamente la acreditación de vivir a cargo del ciudadano español para tramitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, de conformidad con el artículo 8 del Real Decreto 240/2007, sin que esté justificada la presentación de un seguro de enfermedad de carácter público o privado», concluyó el Defensor del Pueblo, quien recordaba que «la exigencia de requisitos no contemplados en el artículo 8 del mencionado Real Decreto (como es la presentación de un seguro médico) estaría de facto impidiendo el acceso al derecho de asistencia sanitaria».

En busca de soluciones, Juan, Paola y Guadalupe entraron en contacto con el Colectivo de Afectadas por el INSS, creado el pasado verano por inmigrantes reagrupados por sus hijos a España excluidos de la sanidad, en un principio, por la reforma del PP. Se encontraron con que sus casos eran los mismos. Y empezaron a buscar remedios similares apoyados por Yo Sí Sanidad Universal. 

Juan y su esposa ya han iniciado la batalla judicial tras registrar sus respectivas denuncias ante el Juzgado de lo Social de Madrid, pero se encuentran a la espera de la celebración del juicio. Confían en que, como en el caso de sus compañeros de colectivo, obtengan la tarjeta sanitaria. Mientras llega el día, el matrimonio espera, con cierta angustia contenida, que el tumor de Juan no se complique hasta el momento en el que logre acceder a la sanidad pública.

*Nota: los nombres utilizados en este artículo «Juan, Paola y Guadalupe» son ficticios a petición de los entrevistados, pues temen que el registro de estos en los medios pueda tener alguna consecuencia. eldiario.es ha tenido acceso a sus nombres reales que han sido cotejados con la documentación. 

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