A pocas fechas de que concluya el proceso de movilidad interna de Atención Primaria aprobada por “Resolución de 2 de Agosto de 2017” desde el Movimiento Asambleario de Trabajadore-as de la Sanidad ( M.A.T.S) queremos señalar lo siguiente:
1º No se acaba de conocer con claridad la cobertura de plazas objeto del concurso, es decir, si las plazas que se han ofertado son plazas por vacante o plazas temporalmente desatendidas, pues dependiendo de dichas circunstancias, las plazas ofertadas tendrán una duración diferente. En el caso de las vacantes, hasta que dichas plazas se provean por los procesos reglamentarios establecidos (concursos de traslados, movilidad interna, procesos selectivos, etc.) y en el caso de las temporalmente desatendidas, hasta la incorporación del titular.
2º. El número de plazas ofertadas, es totalmente insuficiente. De las 2.955 plazas vacantes de Atención Primaria, sólo se han ofertado 1.099. Un 37% del total.
3º Ha habido categorías que a pesar de existir vacantes, no se han ofertado plazas y nada tienen que ver con sus características especiales. Son plazas que sirven a la Administración para privilegiar a unos pocos trabajadores, cubiertas de forma discrecional por personal temporal.
4º En cuanto al personal temporal que vaya a ser desplazado como consecuencia de este proceso y su futura reincorporación, no queda claro cual debe ser el procedimiento de aplicación.
Por un lado, el “Acuerdo de Mesa Sectorial de 25 de Enero de 2017, sobre criterios reguladores de concurso de movilidad interna” señala que debe ser la Comisión de Valoración la que acordará el procedimiento de reorganización del personal desplazado, pero en el Acuerdo no quedan claro los criterios.
Por otro, los distintos Acuerdos de Selección de personal Temporal señalan que el personal desplazado, como consecuencia de los distintos procesos de selección y provisión se incorporarán de oficio a las bolsas constituidas a tal efecto de las categorías correspondientes, con la puntuación obtenida hasta la fecha y que el llamamiento para la adjudicación de un nuevo contrato o nombramiento será por dicho orden.
Ante estas situaciones, desde el MATS entendemos que todo trabajador que sienta vulnerado sus derechos ante dichas circunstancias, debería pedir explicaciones a los firmantes de dicho Acuerdo, a través de denuncia individual y/o posterior demanda judicial.
Movimiento Asambleario de Trabajadores/as de Sanidad