El Proceso Final de la Vida se abre camino en la Asamblea de Madrid

Redacción MATS.

El pasado jueves, en el último Pleno de La Asamblea de Madrid, se aprobó por unanimidad la toma en consideración de la Proposición de Ley 8/2016 sobre Derechos y Garantías de las Personas en el Proceso Final de la Vida, presentada por el Grupo Socialista.

jm-freireEntre los Objetivos de la misma se recogen: el explicitar y proteger el derecho de los pacientes a una buena atención sanitaria en el proceso final de la vida, regular los deberes de los profesionales sanitarios que atienden a estos pacientes, y definir las garantías que las instituciones sanitarias, tanto públicas como privadas, incluyendo también centros sociosanitarios y residencias de mayores, están obligadas a ofrecer con respecto a este proceso.

La Ley también hace referencia a las garantías que deberán proporcionar las Instituciones Sanitarias para que la misma se desarrolle y cumpla.

El portavoz de Ciudadanos destacó la necesidad de mejorar los Cuidados Paliativos ya que los recursos son insuficientes para una atención de calidad, y eran esenciales contar ellos precisamente en el proceso final de la vidad. Y dió la bienvenida a esta iniciativa, «mientras llega una norma estatal».

A pesar del voto positivo de los 128 diputados y diputadas no significa que el trámite de la futura Ley no esté lleno de escoyos para su aprobación definitiva. El portavoz del PP ya manifestó algunos de los puntos en los que los populares discrepan, y explicó que el voto afirmativo era “un voto de confianza” al proyecto de ley. “Decimos sí a todo lo que sea positivo para humanizar el proceso final de la vida, pero diremos no a cualquier medida que suponga una eutanasia encubierta”, ha explicado.

Si la Ley se llega a aprobar la Comunidd de Madrid será la octava CCAA en tener una norma de este tipo. Y a esto se refirió la portavoz de Podemos en la Cámara cuando manifestó que a pesar de estas leyes sobre “Muerte Digna”, la primera de ellas la andaluza hace 6 años, poco se había avanzado en mejorar el proceso final de la vida, porque  “ha faltado voluntad política” para promover otra cultura acerca de la muerte. También señaló el límete que impone, mientras no se derogue, el art. del Código Penal 143.4 que “tipifica como delito causar o cooperar activamente con actos necesarios y directos a la muerte de otro”, y añdió que esto pone un límite a la seguridad jurídica de los profesionales sanitarios que atienden a los pacientes, y un límite en garantizar el derecho de las personas a una muerte digna, buena prueba de ello eran las sentencias condenatorias actuales.

c.-sanjosePara la diputada de Podemos, el papel de los Centros de Salud también será fundamental para impulsar la realización de las instrucciones previas, al tiempo que éstas deberían incluirse en las historias clínicas de los pacientes y los profesionales tener acceso a las mismas.

El portavoz socialista en materia sanitaria, José Manuel Freire, ha destacado que la norma habla de la «práctica médica al final de la vida» y refiriéndose al Partido Popular que existía «una manera digna humana y perfectamente ética de hacer las cosas».

El parlamentario explicó que la ley tiene seis objetivos: explicitar, proteger y regular mejor el derecho de los pacientes a recibir una buena atención sanitaria en el proceso final de la vida; dar cobertura al rechazo de tratamientos inútiles y la limitación del esfuerzo terapeútico; facilitar que personas en situación terminal que lo deseen puedan entrar en la fase final de su vida sin sufrimiento; proteger y facilitar derecho de las personas a redactar su documento de voluntades previas; definir los servicios y garantías de las instituciones sanitarias, y regular más explícitamente los deberes de los profesionales.

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