El Constitucional avala el recorte de días libres de los funcionarios

  • El Tribunal considera que la regulación de ‘moscosos’ y ‘canosos’ corresponde al Gobierno

Fachada exteior del Tribunal Constitucional / EFE

El Tribunal Constitucional ha avalado la decisión del Gobierno de reducir los días libres de los funcionarios. La Junta de Andalucía había recurrido al alto tribunal esta parte del decreto de 2012 en el que se reducían los mosocos, días libres de los empleados públicos, de seis a tres días y eliminó los canosos, días libres en función de la antigüedad. El fallo llega tres después de la medida y justo cuando el Gobierno se está planteando recuperar algunos de los derechos que recortó entonces.

El recurso andaluz, que contaba con recursos similares de Extremadura, País Vasco, Cataluña, Canarias y Navarra, dudaba de la «extraordinaria y urgente necesidad» de las medidas y, en concreto, de que «la necesidad de reducir el déficit público sin menoscabar la prestación de los servicios públicos esenciales». El ejecutivo autonómico consideraba que la modificación del régimen de permisos y vacaciones de los funcionarios desbordó las competencias que, en materia de función pública, la Constitución atribuye al Estado.

El tribunal, en su fallo, que ha contado con un voto particular, considera, por el contrario, que al Estado le corresponde «la competencia exclusiva para fijar las bases del régimen estatutario» de los funcionarios de todas las Administraciones públicas. Andalucía tiene la competencia «de desarrollo legislativo y ejecución, de acuerdo con aquella legislación básica, en relación con la función pública autonómica y local», dice la sentencia .

Por tanto, el Estado,debe determinar «los diferentes supuestos por los que pueden ser concedidos permisos o licencias a dicho personal del sector público, cualquiera que sea la Administración a la que pertenezcan», señala el Constitucional. El Tribunal considera que, en este caso concreto, «la norma estatal,  aun fijando la duración de los diferentes tipos de permisos, no cierra toda posibilidad de desarrollo y aplicación a las Comunidades Autónomas de la normativa básica sobre esta materia».

El voto particular, suscrito por Adela Asua, Encarnación Roca, Fernando Valdés Dal-Ré y Juan Antonio Xiol, considera que, en algunos puntos, el Decreto «imposibilita cualquier margen de autonomía a la Comunidad Autónoma andaluza para poder establecer normas de desarrollo de los diferentes tipos de permisos o vacaciones contenidos en la norma estatal y de poder hacerlos efectivos en el ejercicio de las competencias».

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