Interinos en Atención Especializada. Tercera resolución

Haciendo historia: el 18 de julio de 2014 hubo un acuerdo entre las OOSS (excepto AMYTS) y la Dirección General de RRHH para nombramientos de interinidades.

Desde MATS denunciamos ese acuerdo por considerar que vulneraba los principios de igualdad, mérito y capacidad previstos en el artículo 33.1 del Estatuto Marco así como los artículos 14 y 23.2 de la Constitución Española. La demanda fue ganada en primera instancia y luego recurrida por la Administración, tras lo cual hubo de celebrar un nuevo juicio en el cual el juez pidió que se personaran todas las personas que se sintieran afectadas por las demandas de MATS. Allí acudieron todas las OOSS en defensa de ese acuerdo y el resultado no fue que nos quitaran la razón, sino que MATS como organización sindical no tenía legitimación activa para denunciar ese proceso.
Pero… a la vez que ese segundo juicio se celebraba, sale a la luz una nueva Resolución de Interinidades el 29 de marzo, y el resto de OOSS emiten comunicados oponiéndose a esta Resolución, alegando los mismos motivos que en su día alegamos desde MATS. Nos llamó la atención, ya que tras nuestra primera demanda hubo una campaña de desprestigio acusándonos de estar en contra de la estabilidad en el empleo, pero celebramos ese cambio de actitud y así lo comunicamos.
2017. Se publica una nueva Resolución con fecha de 8 de noviembre para continuar haciendo nombramientos de interinidad. La Resolución es poco clara y genera muchas dudas de interpretación, no sólo entre el personal, sino en las propias direcciones de RRHH de los centros. Dicha resolución tiene dos partes:
1. Las trabajadoras y trabajadores que publicadas/os en los listados con fecha de junio, y que no accedieron a un nombramiento de interinidad, lo serán en enero de 2018.
2. Habrá nuevos listados en los cuales se baremará la antigüedad en el SNS (Sistema Nacional de Salud) a todo el personal eventual y de sustitución. Las nuevas plazas vacantes para nombramiento de interinidad se harán por ese orden de prelación según antigüedad en SNS.

¿Qué opina el MATS?

Por una parte, vemos con sorpresa y agrado que el personal de sustitución será baremado según el tiempo trabajado en el Sistema Nacional de Salud. Celebramos este cambio de actitud puesto que era una de nuestras reivindicaciones.
En estos listados están los trabajadores que están en activo en los centros a día 31 de Octubre ¿Qué pasa
con quienes no estaban en ese momento en el centro pero tienen más de 2 años de antigüedad? Tampoco están incluidas las personas que habiendo aprobado algunas OPEs y no obtenido plaza, forman parte de la bolsa preferente para contratación (según las bases de la OPE)

EL NOMBRAMIENTO DE INTERINOS TODAVÍA DEJA SIN RESOLVER EL PROBLEMA DE LA PRECARIEDAD.

EXIGIMOS LA BAREMACION DE TODO EL PERSONAL QUE HAYA TRABAJADO EN SERMAS, ESTÉ O NO EN ACTIVO. LA
ANTIGÜEDAD EN EL SNS DEBE SER EL ORDEN DE PRELACION PARA ESTOS NOMBRAMIENTOS.

EL NOMBRAMIENTO DE INTERINOS HA DE REALIZARSE CON LA MAYOR TRASPARENCIA POR LO QUE EXIGIMOS LA PUBLICACIÓN DE LOS LISTADOS DE CADA CATEGORÍA EN LA TOTALIDAD DE LOS HOSPITALES DEL SERMAS.

Movimiento Asambleario de Trabajadores-as de Sanidad

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